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CANIRAC engaña a la Sociedad Mexicana:  Salud Justa MX

porcosmopoliticoAdmin

Jul 21, 2023

Por Gilberto Solis Flores/

CD MEXICO.-  Lo que tienen que hacer por ese insistente impulso al tabaquismo,  toda una novedosa estrategia engañosa anunciaron recientemente los integrantes de la Cámara Nacional de la Industria de Restaurantes Y alimentos Condimentados al afirmar que obtuvieron ya la suspensión definitiva en contra del decreto al Reglamento de la Ley General para el Control del Tabaco y así todos los restaurantes afiliados a la misma Cámara podrán quedar exentos de la aplicación al reglamento y permitir libremente el consumo de tabaco.

Ante la afirmación de la Canirac, el equipo legal de la organización civil, Salud Justa Mx, conformado por Claudia Moreno, Darina García y Maximiliano Cárdenas, señalaron que es mentira la suspensión al decreto y reiteraron que las recientes declaraciones de la Cámara Nacional de la Industria de Restaurantes y Alimentos Condimentados (CANIRAC) publicadas el pasado 17 de julio, en las que afirmaron que obtuvieron la suspensión definitiva en contra del decreto al Reglamento de la LGCT  es un engaño a sus afiliados y a la opinión pública ya que un juez determinó que el amparo en contra de la ley carece de interés jurídico y legítimo.

 A través de reciente comunicado oficial de prensa, destacan los representantes legales de Salud Justa MX  que desde el 16 de diciembre de 2022 se publicaron en el Diario Oficial de la Federación (DOF)  las modificaciones al Reglamento de la Ley General para el Control de Tabaco (LGCT) mismas que entraron en vigor el 15 de enero de este año 2023 y que contempla espacios 100 por ciento libres de humo de tabaco, emisiones, Vapeo y la prohibición total de la publicidad, promoción y patrocinio. Y A partir de esta publicación algunas empresas se han amparado en contra del Reglamento a la LGCT enfatizaron.

 Claudia Moreno, abogada en Salud Justa Mx  comentó:  “Salud Justa Mx lleva a cabo un seguimiento muy puntual de los amparos. Del monitoreo realizado por esta organización, se observa que en la Ciudad de México, y las entidades de Nuevo León, Coahuila, Querétaro, Quintana Roo, Morelos, Guanajuato, Puebla y el Estado de México, se presentaron hasta 1,773 amparos en contra del reglamento. Es importante destacar que la disparidad de criterios al momento de dictar sentencias definitivas ha sido una constante en los Jueces de Distrito”.

 “Las sentencias dictadas por los Juzgados de Distrito aún no son definitivas, pueden ser revisadas en segunda instancia por un Tribunal Colegiado, siempre y cuando alguna de las partes dentro del juicio de amparo así lo decida y promueva recurso de revisión, para lo cual cuentan con diez días hábiles posteriores a su notificación; de acuerdo con nuestro observatorio, ningún amparo ha quedado firme” enfatizó Moreno”.

En tanto, Maximiliano Cárdenas, Coordinador Jurídico de Salud Justa Mx sostuvo: “En el amparo promovido por CANIRAC el Juez Décimo Cuarto de Distrito en materia administrativa en la capital mexicana,  Víctor Octavio Luna Escobedo, dictó sentencia definitiva el 26 de mayo del 2023, en la que se determinó sobreseer el juicio de amparo por considerar que la CANIRAC carece de interés jurídico y legítimo para acudir al amparo”.

 La CANIRAC presume la suspensión definitiva en un juicio de amparo. No obstante, como ya se mencionó, un mes antes el juzgado ya había dictado sentencia señalando que CANIRAC no tiene cabida dentro del juicio por su falta de interés legítimo en el asunto” puntualizó Cárdenas.

 Sobre el boletín liberado por CANIRAC el pasado 17 de julio, Darina García Toledo, sostuvo: “CANIRAC incita a los afiliados a sumarse completando un formulario y pagando una cuota, se indica que posteriormente quienes se inscriban recibirán un correo con los documentos que harán extensivo el amparo a tu establecimiento. ¿De qué amparo se habla? Este tipo de declaraciones son imprecisas y pueden llevar a caer en el error porque en la sentencia definitiva el juez Víctor Octavio Luna ya resolvió que CANIRAC no puede ser parte dentro del juicio porque carece de interés jurídico y legítimo.

 “En Salud Justa Mx hacemos un llamado a las personas que deben velar por la justicia, a utilizar los instrumentos que ya existen y asegurar el privilegio del derecho a la salud en sus resoluciones. Tomó mucho tiempo construir y lograr la aprobación de una regulación justa que pone límites a una industria que cobra por enfermar a las personas,  ¿Qué vale más, su bienestar económico (que no es expansivo) o nuestro derecho a la salud de todos los mexicanos?” finalizó Darina García.

Sentencia 178/2023

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