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¡Negligencia médica e impunidad!

porcosmopoliticoAdmin

Ene 23, 2024

23.-enero.-24

Hospitales privados y públicos, por negligencia de su personal médico, han dejado incapacitados de por vida a pacientes y enlutado a familias. Muchos de los culpables no han sido enjuiciados y/o castigados y para colmo, siguen ejerciendo la profesión “libremente”.

Por Guillermo Pimentel Balderas

En el sector salud, sea público o privado, no solo se trata de medicamentos, de la escases de ellos, especialmente en las instituciones del gobierno y, lo caro que los cobran en los privativos; sino también, hay negligencias médicas que han dejado vidas incapacitadas de por  vida y hasta enlutado familias. Pero, lo peor, no se castiga y se deja en la impunidad. Los inculpados, siguen ejerciendo la profesión libremente, sin perjuicio alguno.

Vanessa Alonso, se manifiesta vía redes sociales y acusa a personal médico del Hospital Ángeles Puebla de negligencia y pide a la CESAMED Puebla, CONAMED y las Fiscalías de Puebla y CDMX, castigo a los culpables. “Es inaceptable que se les permita continuar practicando la medicina después del daño irreversible que me han causado: mutilaron mis partes íntimas, dejándome incapacitada de por vida”.

Vanessa Alonso (de Tlaquepaque, Jalisco), por medio de change@f.change.org, dio a conocer su lamentable caso y se declaró como una víctima de negligencia médica. Narró que en septiembre de 2017 fue operada por una “supuesta fístula” en el Hospital Ángeles Puebla y que, durante esta cirugía los médicos mutilaron sus partes íntimas y le desgraciaron su existencia.

“… intentaron reparar el daño en el Hospital Ángeles del Pedregal (Ciudad de México), con más cirugías que solo empeoraron mi condición. Ahora uso pañal y tengo daños irreparables en tres órganos vitales: intestino, matriz y vejiga. Mi salud es muy grave y me debato entre la vida y la muerte”.

A pesar de todo esto, hasta ahora no ha habido responsables. Al Parecer, el Hospital Ángeles protege a los médicos involucrados en este acto atroz de negligencia médica.

“… exijo a la CESAMED Puebla, CONAMED y las Fiscalías de Puebla y CDMX que presenten a estos médicos ante la justicia. Es inaceptable que se les permita continuar practicando medicina después del daño irreversible que han causado”, insiste.

Cabe señalar que desde su creación, en 1986, el Grupo Empresarial Ángeles se ha ido formando por un capital únicamente 100 por ciento mexicano y, en tan solo 25 años han ampliado su modelo de negocios, pues además del sector salud, incursionaron en turismo, comunicación y finanzas.

El Hospital Ángeles Puebla (inaugurado en 2007), también forma parte del sector de salud privado en México. El dueño del Consorcio es Olegario Vázquez Raña quien,  posiblemente ya esté enterado de la negligencia de su personal médico en este nosocomio poblano y posiblemente corregirá el lamentable suceso. Al menos, eso  se espera del magnate mexicano.

En cuanto al sector público, se publico en medios locales de San Luis Potosí y nacionales, sobre la Recomendación 248/2023 que emitió la Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH) al director del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado (ISSSTE), Pedro Zenteno Santaella, por violaciones a los derechos humanos a la protección de la salud y de situación de vulnerabilidad de las personas adultas mayores, cometidas en agravio de una persona que lamentablemente perdió la vida por inadecuada atención médica y omisiones, atribuibles a personas integrantes del equipo médico del área de Urgencias en la Clínica Hospital de Matehuala,  San Luis Potosí.

La CNDH que, resolvió que se contó con evidencias suficientes que acreditan estas violaciones, explica por medio de un documento que la queja fue presentada ante la Comisión Estatal de Derechos Humanos de San Luis Potosí, y remitida a la CNDH por razón de competencia. Que la persona promovente señaló estar inconforme con la atención médica brindada a su padre, por parte de personal médico en la Clínica Hospital Matehuala del ISSSTE, donde se presentó la víctima los días 2 y 4 de julio de 2020 con síntomas de COVID-19.

Agrega que, en la visita hospitalaria del día 4 de julio, el paciente fue trasladado al Hospital General de esa ciudad, entonces convertido en hospital de atención para pacientes con COVID-19, donde permaneció internado hasta su lamentable fallecimiento.

La información, dada a conocer públicamente, también menciona que al realizar la investigación del caso, “la CNDH corroboró que la víctima era una persona adulta mayor con antecedentes de hipertensión arterial sistémica de seis años de diagnóstico, con tratamiento médico de manejos combinados, sin hospitalizaciones previas por daño a órganos blandos o crisis hipertensivas, y con base en la evidencia recabada, pudo confirmar que la atención médica proporcionada desde la primer visita de la víctima al área de Urgencias, la persona involucrada en su atención fue omisa en hospitalizarlo y ponerlo bajo medidas de aislamiento de contacto”.

Especifica que con base en la opinión médica especializada emitida por la CNDH, se consideró que la decisión de manejar al paciente como un caso sospechoso y solicitar prueba de confirmación de COVID-19, sin indicarle el tratamiento inicial recomendado, ni el oxígeno suplementario, representa una inadecuada aplicación de lo que establece la literatura especializada aceptada, sin soslayar que se le indicó egreso a su domicilio, lo que repercutió en un retraso del manejo médico y progreso en la enfermedad respiratoria.

Se indica que la CNDH observó, además, que en la segunda ocasión en que la víctima acudió por atención médica a la misma Clínica, también se presentó un manejo médico inadecuado para la falta de oxigenación que presentaba, y que, al determinar su traslado al Hospital General, se justificó por la carencia de servicios de laboratorio y radiología, lo que supone un obstáculo para efectuar diagnósticos eficientes y completos, y se incurre con ello en responsabilidad institucional, aunado a que el traslado no se apegó a la debida observancia de la Norma Oficial Mexicana (NOM) del expediente clínico, debido a que (el expediente clínico) no contó con formato de consentimiento informado, sin presentar hora, ni firma de médico solicitante, o paciente que autoriza.

La Recomendación 248/2023 ya fue debidamente notificada a sus destinatarios y puede consultarse en la página web cndh.org.mx

Cabe subrayar que existen más casos de impunidad y negligencia médica que se han denunciado ante la CNDH, acusando tanto al ISSSTE como al IMSS, asi como a nosocomios que dependen del Gobierno de la Ciudad de México. A su tiempo.

Clamor ciudadano: ¡Es hora de poner fin a esta impunidad médica e insistir en un sistema sanitario seguro para todos los mexicanos!

Correo: delaciudad1951@gmail.com

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