POR JOSE LUIS HERRERA/
Ignacio Mier Velazco,coordinador del grupo parlamentario del Movimiento de Regeneración Nacional fue el encargado de informar que la reforma para reducir la jornada laboral en México no fue votada por el pleno de la Cámara de Diputados en el presente periodo legislativo.
Cómo quien dice la “congelaron”, segun dijo que por falta de tiempo y ahora se prevé que sea uno de los temas a debatir hasta septiembre.
En una conferencia de prensa, la que encabezó el también presidente de la Junta de Coordinación Política (Jucopo) explicó que, en vista de que el periodo legislativo concluirá el próximo 30 de abril, no pasará ninguna reforma constitucional al pleno, debido a que no existe el consenso entre las bancadas.
El legislador moreniste afirmó que para ser aprobados los cambios a la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos (CPEUM) se necesita el voto afirmativo de las dos terceras partes del pleno, por lo que esta reforma quedaría pendiente para el próximo periodo que inicia el 1° de septiembre.
“No, no, ninguna reforma constitucional (sale en este periodo). ¿Por qué? Porque ya no nos da tiempo y, además de que no nos da tiempo de agendarla, se tiene que construir en torno al dictamen, en tanto reforma constitucional, los dos tercios y eso requiere un consenso en la redacción del dictamen”, expresó.
A pesar de que el coordinador morenista dijo que no había consenso, el martes pasado aprobaron en la Comisión de Puntos Constitucionales, con 25 votos a favor y sólo cinco abstenciones, la posible modificación de las horas y días laborales para los trabajadores mexicanos.
Segun se explicó la reforma se haría a uno de los artículos constitucionales con mayor carga histórica, ya que responde a una de las luchas ciudadanas sobre el derecho al trabajo digno, el cual actualmente establece que por cada seis días de trabajo, un empleado podrá disfrutar de un día de descanso “por lo menos”.
Con el cambio que se pasó al congelador de las reformas, se apostaba a que el artículo en su fracción IV apartado A, establezca que “por cada cinco días de trabajo deberá disfrutar el trabajador de dos días de descanso, cuando menos”.
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